
Ayuntamiento de Castillejo del Romeral
CONDICIONES
PARA EL ARRENDAMIENTO DEL ALBERGUE "
LA CARRASCA" DE CASTILLEJO DEL ROMERAL (Cuenca)
1.
- PLAZOS DE ALQUILER
El
plazo mínimo de alquiler será CINCO
AÑOS consecutivos a partir de la fecha de la firma del contrato.
2.-
CANON DE ADJUDICACIÓN
-
Primera
anualidad........................... desde 300.00 euros mensuales
-
Segunda
anualidad.......................... desde 400.00 euros
-
Tercera
anualidad...........................
desde 500.00 euros
-
Cuarta
anualidad............................
desde 600.00 euros
-
Quinta
anualidad...........................
anterior + subida IPC
Se
entiende que el importe de las anualidades es SIN I.V.A.
El
pago del importe total de cada anualidad se efectuará por trimestres
vencidos comenzando a contar desde el día primero del mes siguiente a
la firma del contrato.
También
deberá depositar un aval ante un banco correspondiente al montante de
la primera anualidad como mínimo.
3.-
DEBERES DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
A)
A) Estar
dada de alta en el Registro Oficial de Empresas de Turismo Activo, estar
domiciliada y tener su sede en Castillejo del Romeral.
B)
B) Presentar
un Curriculum la más extenso posible de sus actuaciones como tal
empresa, incluyendo avales de personas para comprobar su seriedad y
solvencia.
También
se valorará el poder de convocatoria de la empresa para atraer
alberguistas y su experiencia en gestión de albergues juveniles
C)
C) Esta
empresa se encargará de asumir la responsabilidad de la gestión y de
la promoción del albergue.
D)
D) El
periodo quincenal de adjudicación quedará automáticamente prorrogado
por sucesivos plazos anuales salvo que cualquiera de las partes, con dos
meses de anterioridad, comunique que se rescinde la prorroga del mismo.
E)
E) Si
el contrato firmado se rescindiera antes de cumplidos los cinco años
por parte del titular del inmueble la empresa arrendataria recibiría
una indemnización equivalente a la anualidad en curso.
Si el arrendatario decidiera finalizar el contrato, sin causa de
fuerza mayor, antes del vencimiento del mismo, abonaría a la propiedad
el equivalente a la anualidad en curso.
F)
F) La
empresa deberá aportar el menaje de la cocina, del bar y restaurante así
como la lencería, las ropas y objetos que no se consideren como
mobiliario.
Estos
serán propiedad del adjudicatario y su reposición adecuada será por
cuenta del mismo
G)
G) Si el
adjudicatario no aportara lo anteriormente dicho en la letra F), el
ayuntamiento de Castillejo lo aportaría presentando las facturas
correspondientes. Pero el adjudicatario deberá abonar al Ayuntamiento
el montante de estos gastos dentro de la primera anualidad.
H)
H) La
empresa deberá hacerse cargo de los impuestos y tributos que afecten a
las instalaciones y a la actividad. El pago de la contribución urbana
del edificio correría a cargo del Ayuntamiento así como la tasa
municipal de aguas y basuras
I)
I)
Los bienes que se entregan al adjudicatario deberán usarse
exclusivamente para el funcionamiento del establecimiento y, cuando lo
abandone, deberán estar en el mismo estado en el que los recibió
J)
J)
Cuando por el uso normal y desgaste o por causa de fuerza mayor
resultase necesaria la reposición del mobiliario entregado, el
adjudicatario deberá reponerlo con la calidad de los enseres
originales.
K)
K) El
adjudicatario deberá mantener y conservar a su costa los bienes que le
entregue el Ayuntamiento conservándolos limpios, y en estado impecable
de ornato y conservación. Es su obligación la limpieza diaria del
mismo.
L)
L) Todas
las mejoras y las reparaciones de mantenimiento y conservación que pretenda realizar el arrendatario deberán
ser previamente comunicadas al Ayuntamiento para su aprobación.
4.
- DEBERES DEL AYUNTAMIENTO DE CASTILLEJO
A) El
Ayuntamiento cederá al adjudicatario la licencia de actividad con todos
los requisitos legales establecidos para la apertura del establecimiento
y con todos los elementos de seguridad (extintores) instalados
B) El
Ayuntamiento cederá al arrendatario todos los muebles tanto de los
dormitorios, del salón de
restaurante, del bar y de la cocina necesarios para el funcionamiento
del albergue, para lo cual realizará un inventario concreto de los
mismos comprobando su correcto funcionamiento.
C) El
Ayuntamiento, con dos meses de antelación a la finalización del
contrato, procederá a disponer de lo necesario para la adecuada revisión
del mismo.
D) El
Ayuntamiento se reserva la facultad de realizar visitas al
establecimiento para inspeccionar las instalaciones. Estas visitas deberán
ser anunciadas con una semana de antelación.
E) El
Ayuntamiento se compromete a realizar cuantas gestiones pueda para que
el Albergue esté ocupado
para actividades artísticas y culturales realizando convenios de
subvención de las mismas con la Universidad de Cuenca, la Junta de
Comunidades, La Diputación y las Entidades Bancarias provinciales.
Cuando
estas actividades se vayan a llevar a cabo, el Ayuntamiento deberá
comunicarlo con un mes antelación al arrendatario para que haya lugar
para las mismas en el albergue.
5.-
APERTURA DEL ESTABLECIMIENTO. PRECIOS. PERSONAL. GASTOS
El
establecimiento deberá estar abierto durante todo, incluyendo los fines
de semana. Puede estar cerrado un día a la semana y el periodo
vacacional de quince días durante los meses
de Noviembre o Febrero.
El adjudicatario a la firma del contrato de arrendamiento
deberá presentar al Ayuntamiento la carta de precios para su
conocimiento en función de los servicios que preste.
El
personal que preste los servicios en el albergue deberá estar censado
en este Ayuntamiento y su horario deberá fijarlo la empresa
adjudicataria.
Los
gastos de electricidad, gas, teléfono, limpieza y mantenimiento de las
instalaciones serán por
cuenta del adjudicatario
6.
- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
1ª.-
Ser empresario autónomo e independiente respecto al ayuntamiento y
plenamente responsable frente a cualquier ámbito de la Administración
en especial al Seguridad Social y la Administración Tributaria.
2ª.
- Será asimismo responsable de cualquier obligación que pudiera
derivarse de las relaciones laborales o de otra índole personal que
pudiera contratar para el desarrollo de su actividad empresarial.
3ª.
- Se obliga a contratar con una compañía aseguradora los seguros
correspondientes para cubrir los riesgos derivados de su actividad
(incendios, responsabilidad civil frente a terceros, etc.) en lo
relativo a la explotación de los elementos de este contrato.
4ª
. - Se obligará asimismo a asegurar el valor de todos los elementos que
integran el albergue y por toda clase de siniestros, nombrando
beneficiario al Ayuntamiento de Castillejo del Romeral.
5ª.
- Se compromete a mantener la distribución actual de los espacios
existentes en el Albergue y dedicarlos siempre al uso previsto, no
pudiendo realizar ninguna modificación, salvo autorización expresa del
Ayuntamiento.
6ª
.- El Adjudicatario deberá admitir en el albergue a toda persona que
cumpla con los requisitos legales, si bien se reserva el derecho de
admisión en aquellos casos en los que la conducta del cliente
perjudique la normal convivencia dentro del recinto.
7ª.-Se
compromete con el Ayuntamiento a reservar un número de camas para
atender posibles eventos que se celebren en la localidad, previa
comunicación a la empresa y con la prestación económica que se
acuerde entre las partes.
8ª.
- Se compromete a realizar la publicidad necesaria a través de los
medios más eficaces y modernos para que el albergue esté siempre en
actividad. En especial a tener una pagina Web propia o usar la del
Ayuntamiento de Castillejo.
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